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ISGC
EL CONSEJO

Composición y Membresía

La membresía del Consejo se define exclusivamente por sus instrumentos rectores. Todo nombramiento sigue un procedimiento transparente y meritocrático.

CATEGORÍAS DE MIEMBROS

Miembros de pleno derecho

Hasta 25 personas de idoneidad excepcional; derecho de voto pleno; mandatos de 4 años, renovables una vez; deben ser independientes de todo gobierno o partido político.

Miembros asociados

Expertos invitados para aportar contribuciones especializadas; sin derecho de voto general, aunque puede concedérseles voto en asuntos específicos; mandatos de 2 años.

Observadores

Representantes de organizaciones intergubernamentales, instituciones académicas o la sociedad civil, invitados por el Comité Directivo; asisten a las sesiones abiertas sin derecho de voto.

Miembros de oficio

Hasta 3 representantes designados por la dirección de ARGA; derechos de participación sin voto, salvo que este les sea concedido por dos tercios de los Miembros de pleno derecho.

NOMBRAMIENTO
01

Búsqueda global y preselección

A cargo de un Comité de Nominaciones independiente, integrado por tres expertos externos a ARGA y al Consejo.

02

Preselección pública y evaluación

Evaluación de las calificaciones y de los conflictos de interés de los candidatos preseleccionados.

03

Nombramiento

A cargo de la Junta Ejecutiva de ARGA, previa recomendación del Comité de Nominaciones.

MANDATO Y CESE

Duración del mandato

Los Miembros de pleno derecho cumplen mandatos de 4 años, renovables una vez. Los Miembros asociados cumplen mandatos de 2 años. Los mandatos solo pueden renovarse mediante el mismo procedimiento por el que se efectuó el nombramiento original.

Cese de la membresía

La membresía cesa exclusivamente por renuncia, expiración del mandato sin renovación, remoción con causa justificada por mayoría calificada de los Miembros de pleno derecho, o incapacidad para desempeñar las funciones del cargo.

Las nominaciones se revisan trimestralmente